Art. 24
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª El Mando de Personal

Art. 24

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En vigor desde 29 jul 2020
1. La Dirección de Personal es el órgano responsable de la dirección, gestión, administración y control de los procesos de personal del Ejército de Tierra en materia de situaciones, ascensos, destinos, recompensas, documentación, evaluación y orientación de carrera, conforme a la normativa vigente. 2. También es responsable de las actuaciones que puedan corresponder al Ejército de Tierra en materia de reclutamiento y generación adicional de recursos humanos y de gestión del personal militar de cuerpos comunes, personal civil y personal reservista asignado al Ejército de Tierra 3. La Dirección de Personal se articula en: a) La Subdirección de Carrera Militar, que tiene por cometido realizar la gestión, administración y control en materia de reclutamiento, orientación profesional y modelos de carrera. b) La Subdirección de Evaluación, que tiene por cometido realizar la gestión, administración y control en materia de evaluación e historial del personal militar. c) La Subdirección de Gestión de Personal, que tiene por cometido realizar la gestión, administración y control en materia de situaciones, ascensos y destinos del personal militar, así como la gestión correspondiente al personal civil.
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