Art. Disposición final segunda
En vigor desde 3 abr 2003
1. La sustitución de las actuales tarjetas por las que se establecen en la presente Orden Ministerial estará concluida el 31 de diciembre del año 2004.
2. No se expedirán tarjetas del nuevo modelo "A" al personal que en la fecha fijada en el punto anterior se encuentre en la situación administrativa de reserva o en retiro. El personal en situación administrativa de reserva renovará la tarjeta de identidad militar, ajustada al nuevo modelo, en el caso de que ocupe destino o pase a retiro.
Se modifica por el apartado 2 de la Orden DEF/728/2003, de 25 de marzo. Ref. BOE-A-2003-6587 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2002/03/07/def600#disposicion-final-segunda