Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Vigésima sexta

En vigor desde 24 abr 2021
Los proyectos de investigación que se desarrollen en colaboración con otros órganos directivos del Ministerio de Defensa, con los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y la Armada, con centros de investigación dependientes del Ministerio de Defensa, o con otras entidades u organismos públicos y privados de enseñanza e investigación ajenos al Departamento, se regirán por el formato y procedimiento que normativamente establezca la Subsecretaría de Defensa.
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eli/es/o/2021/04/20/def375#vigesima-sexta

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