Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 16 mar 2022
1. El objetivo del Plan Individual para el Desarrollo Profesional, dirigido a los militares profesionales de tropa y marinería y a los Reservistas de Especial Disponibilidad, en adelante el Plan, es establecer el conjunto de acciones que el Ministerio de Defensa ejecutará en apoyo al desarrollo profesional de este personal, tanto las orientadas a la preparación individual, como las conducentes a la promoción profesional dentro de las Fuerzas Armadas y a la preparación para el retorno al mundo laboral civil, una vez finalizado su periodo de servicio.
Además, el Plan tiene estos otros objetivos secundarios:
a) Fomentar la corresponsabilidad de los militares profesionales de tropa y marinería con su propio futuro.
b) Potenciar la acreditación de la experiencia profesional, para la obtención de títulos reconocidos.
2. Para ello, se han diseñado los siguientes cometidos:
a) Integrar la obtención de un título de grado medio de Formación Profesional, tanto en los currículos de la enseñanza de formación, como a lo largo de la trayectoria de los militares profesionales de tropa y marinería.
b) Establecer un sistema de información permanente del progreso y evaluación del desempeño de los militares profesionales de tropa y marinería durante su permanencia en las Fuerzas Armadas que posibilite un modelo de aprendizaje personalizado y continuo que asegure a la organización el mejor capital humano. Para ello se generará una arquitectura de sistemas de información de apoyo a la formación, enmarcada dentro de la estructura de Gestión Integral del Conocimiento del Ministerio de Defensa, apoyada en técnicas de inteligencia artificial, coherente con el Plan de Transformación Digital del Ministerio de Defensa y con el del resto de la Administración.
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Proeli/es/o/2022/03/07/def183#art-1