Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 5 ago 2015
1. La Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones se articula en: a) La Dirección de Sistemas de Información y Telecomunicaciones. b) La Dirección de Servicios Técnicos. c) El Centro de Informática de Gestión. d) La Dirección de Ciberdefensa. La Dirección de Servicios Técnicos, el Centro de Informática de Gestión y la Dirección de Ciberdefensa tendrán el nivel orgánico que se determine, con arreglo a lo que se establezca en sus correspondientes relaciones de puestos militares. 2. La Dirección de Sistemas de Información y Telecomunicaciones es responsable del planeamiento, control y, en su caso ejecución, de lo relacionado con los sistemas corporativos y de mando y control de los sistemas de información y telecomunicaciones. Así mismo, asesora, efectúa el planeamiento, determina las necesidades y establece la doctrina de empleo de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones (CIS) en el ámbito del Ejército del Aire.
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eli/es/o/2015/07/30/def1629#art-3

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