Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. Norma 7

En vigor desde 27 feb 2025
1. La persona titular de la Subsecretaría de Defensa, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y del Espacio, los Jefes del Cuarto Militar de la Casa de Su Majestad el Rey y de la Unidad Militar de Emergencias, en el ámbito de sus competencias, darán las instrucciones oportunas para que por parte del Mando o Jefatura que corresponda se redacten las prescripciones técnicas de las prendas. 2. Las normas o instrucciones de los Ejércitos serán los documentos de referencia para definir las características físicas y las dimensiones de todas las prendas, emblemas, divisas y distintivos que se describen en esta orden ministerial.
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eli/es/o/2025/01/28/def114#norma-7

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