Capítulo DISPOSICIONES FINALES

Art. Primera

En vigor desde 9 dic 1991
La Comisión Nacional del Mercado de Valores queda habilitada en general para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución de la presente Orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1991/12/05/(1)#primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil