Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección quinta. Régimen documental

Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 24 sept 1991
A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento queda derogado el Reglamento aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de noviembre de 1986
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1991/07/31/(15)#disposicion-derogatoria

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil