Art. Disposición final
En vigor desde 1 oct 1994
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 93.3 del Tratado Constitutivo de la CEE.
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Proeli/es/o/1994/09/26/(4)#disposicion-final