Art. Disposición adicional única

En vigor desde 1 ago 2001
La presente Orden se dicta de conformidad con la disposición final primera del Real Decreto 221/2001, de 2 de marzo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16. a de la Constitución Española y en virtud de lo establecido en el artículo 40.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
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eli/es/o/2001/07/26/(2)#disposicion-adicional-unica

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