Capítulo CAPÍTULO V

Art. 16

Derogado
En vigor desde 8 may 1986
El carné de Piloto de Ultraligeros faculta a su poseedor para actuar como piloto al mando de cualquier ultraligero, y en aquellos en que el mando aerodinámico sea por desplazamiento del centro de gravedad, cuando esté debidamente calificado.
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eli/es/o/1986/04/24/(2)#art-16

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