Art. 1

En vigor desde 6 abr 1994
La presente disposición establece las medidas que deben adoptarse contra «Clavibacter michiganensis» (Smith) Davis et al. ssp. «sepedonicus» (Spieckermann et kottohoff) Davis et al., causante de la necrosis bacteriana de la patata (en lo sucesivo denominado «el organismo»), para: a) Localizarlo y determinar su distribución. b) Impedir su aparición y propagación, y c) En caso de que aparezca, impedir su propagación y combatirlo con el fin de erradicarlo.
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eli/es/o/1994/03/22/(3)#art-1

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