Libro REGLAMENTO DE PRUEBAS DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES Y SUS MUNICIONES EN ESPAÑACapítulo CAPÍTULO 1

Art. 25

En vigor desde 19 mar 1979
Tendrá sobre el personal militar y civil del establecimiento y de las sucursales la misma autoridad que los Directores de los establecimientos fabriles del Ejército tienen sobre el personal de los mismos.
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eli/es/o/1979/02/19/(3)#art-25

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