Art. Disposición final primera

En vigor desde 30 abr 1998
Se faculta al Director General de la Guardia Civil para dictar las instrucciones necesarias para la ejecución de la presente Orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1998/03/18/(2)#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil