Art. 3
En vigor desde 29 oct 1983
El Director de la Orquesta podrá asistir a las reuniones de la Comisión de Dirección, convocadas por el Presidente de la misma, para informar sobre aspectos concretos relativos al funcionamiento de la JONDE.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1983/10/17/(2)#art-3