Art. 2
En vigor desde 29 oct 1983
Los órganos directivos de la JONDE serán los siguientes:
1. La Comisión de Dirección del Organismo Autónomo.
2. El Director de la JONDE.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1983/10/17/(2)#art-2