Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 56

En vigor desde 13 feb 1998
56.1 Trazado en planta: En los accesos reseñados como tipo A) en el punto anterior, la geometría del mismo se proyectará de acuerdo con las «Recomendaciones para el proyecto de intersecciones» o disposición análoga de la Dirección General de Carreteras que la sustituya, para el caso de intersección sin canalizar y vehículo tipo «C» (camiones). En los accesos reseñados tipo B) o C), con cuña de deceleración, el radio mínimo del ramal de conexión entre dicha cuña y la vía secundaria será de quince metros (15,00 m). Los carriles centrales de espera, y los carriles de cambio de velocidad cuando la IMD sea mayor de 5.000 vehículos, se diseñarán de acuerdo con lo indicado en el capítulo II de este título para accesos a instalaciones de servicios, cumpliendo las distancias de visibilidad de parada y de cruce. Su sección será la misma que la de los carriles de la carretera. 56.2 Trazado en alzado: Si el acceso se produce en zona de terraplén de la carretera, la pendiente longitudinal máxima del mismo será del cuatro por ciento (4 por 100), en una longitud no inferior a veinticinco metros (25,00 m). Si el acceso se produce en zona de desmonte de la carretera, su perfil longitudinal se diseñará en contrapendiente mínima del cero y medio por ciento (0,5 por 100), de forma que se asegure el correcto drenaje del agua de escorrentía que discurra por la vía secundaria, evitando su llegada a la calzada de la carretera. Las curvas de acuerdo vertical que se diseñen en la vía secundaria en zona de acceso, tendrán un parámetro mínimo de cuatrocientos metros (400 m). Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 44, de 20 de febrero de 1998. Ref. BOE-A-1998-3943
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1997/12/16/(3)#56

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil