Art. Artículo final derogatorio
En vigor desde 5 ago 1964
Quedan derogadas las Ordenes ministeriales de 7 de febrero de 1947 («Boletín Oficial del Estado» número 46) y de 20 de junio de 1948 («Boletín Oficial del Estado» número 171).
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Proeli/es/o/1964/07/14/(1)#articulo-final-derogatorio