Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 18 mar 1997
Esta Orden no será de aplicación a las fórmulas magistrales y preparados oficinales elaborados con plantas medicinales, sin perjuicio de las limitaciones que reglamentariamente pudieran establecerse.
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eli/es/o/1997/02/14/(2)#disposicion-adicional-tercera

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