Art. 2

En vigor desde 24 oct 1984
La ciudad de Granada será la sede del Festival, que se desarrollará entre los meses de junio y julio de cada año, teniendo como marco habitual los palacios y jardines del recinto de Alhambra y del Generalife, el Centro «Manuel de Falla» y cualquier otro espacio monumental de la ciudad, cuya utilización resulte aconsejable. Las actividades del Festival podrán, asimismo, proyectarse a otras localidades de la provincia que se estimen adecuadas para ello por sus características culturales, sociológicas o monumentales.
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eli/es/o/1984/09/13/(2)#art-2

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