Art. Preambulo
En vigor desde 9 jul 2001
La Directiva 94/62/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, relativa a los envases y residuos de envases, ha sido incorporada al ordenamiento interno mediante la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y mediante su Reglamento de desarrollo y ejecución, aprobado por Real Decreto 782/1998, de 30 de abril.
La mencionada Directiva establece, en su artículo 11, unos niveles máximos de concentración de determinados metales pesados en los envases (incorporados en el artículo 13 de la Ley 11/1997, y de su Reglamento de desarrollo), si bien en el apartado 3 del citado artículo de la Directiva 94/62/CE se permite que la Comisión Europea pueda determinar las condiciones en que no se aplicarán estos niveles de concentración de metales pesados a los materiales reciclados ni a circuitos de productos de una cadena cerrada controlada.
La Comisión Europea ha hecho uso de esta habilitación mediante la Decisión 2001/171/CE, de 19 de febrero (publicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» número L 62, de 2 de marzo de 2001), por la que se establecen las condiciones para la no aplicación de los niveles de concentración de metales pesados fijados en la Directiva 94/62/CE a los envases de vidrio.
Por su parte, la Ley 11/1997, de 24 de abril, en su disposición final segunda, así como el Real Decreto 782/98, de 30 de abril, en su disposición final única, autorizan y habilitan, entre otros, al Ministerio y al Ministro de Medio Ambiente para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones necesarias que vengan exigidas por la normativa comunitaria.
En esta Orden se han realizado las oportunas adaptaciones lingüísticas de la Decisión 2001/171/CEE, conforme a la versión original inglesa.
En su virtud, una vez realizada la notificación previa a la Comisión Europea, conforme a lo establecido en el apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 94/62/CE, y consultadas las Comunidades Autónomas, dispongo:
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2001/06/12/(2)#preambulo-preambulo