Art. 1

En vigor desde 13 jun 1998
Se crea el Comité Consultivo del Sector Pesquero como órgano de consulta, deliberación y asesoramiento del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en los asuntos de su competencia relativos a la pesca marítima, la ordenación del sector pesquero, la ordenación de la comercialización de los productos de la pesca, la investigación pesquera y la acuicultura.
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eli/es/o/1998/06/10/(1)#art-1

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