Art. 1

En vigor desde 10 ene 1985
La Tarjeta de Identidad de Protección Civil es el documento de identificación de las personas vinculadas como profesionales a este Servicio. La Tarjeta identifica a su titular como funcionario de Protección Civil, a fin de que facilite, por quien corresponda, la prestación de sus servicios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1984/12/01/(2)#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil