Art. 4
En vigor desde 21 mar 2009
La estructura orgánica de la Biblioteca Pública del Estado en Ceuta responderá a las características y a las condiciones específicas de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas. Contará con un Director y con el personal preciso para su funcionamiento según resulte de la correspondiente relación de puestos de trabajo de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
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Proeli/es/o/2009/03/09/cul688#art-4