Art. 3
En vigor desde 25 ene 2011
Las funciones principales del CNDM serán:
a) Promover y difundir la creación actual de los compositores españoles.
b) Recuperar, poner en valor y difundir el patrimonio musical histórico español.
c) Difundir otros repertorios musicales no habituales de la música clásica o de la tradición popular culta.
d) Colaborar con intérpretes españoles e internacionales especializados en los repertorios musicales de su competencia, de cara a la elaboración de las programaciones en sede o en gira.
e) Realizar una programación estable en sus sedes artísticas habituales.
f) Realizar programas de difusión en gira por España, mediante acuerdos de colaboración con otras instituciones públicas y privadas.
g) Diseñar programas de colaboración con otras instituciones públicas y privadas, españolas o extranjeras, de cara a la proyección y difusión internacional de la música contemporánea y de las músicas históricas españolas.
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Proeli/es/o/2011/01/20/cul57#art-3