Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 6.ª Ayudas a la promoción›§ Subsección 1.ª Ayudas para la participación de películas españolas en festivales
Art. 82
DerogadoEn vigor desde 25 oct 2009
Las empresas productoras que reúnan los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de esta Orden, podrán acceder a las ayudas para la participación de películas en festivales y en ceremonias de premios de reconocido prestigio, previstas en el artículo 20.1.e) del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, siempre que la película objeto de solicitud tenga la nacionalidad española y cuente con una selección o invitación previa por parte del festival o convocante del premio, salvo supuestos excepcionales que puedan establecerse en la convocatoria.
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Proeli/es/o/2009/10/19/cul2834#art-82