Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Ayudas a la distribución

Art. 72

Derogado
En vigor desde 25 oct 2009
Dentro del crédito anual destinado a las mismas, que en el caso de cortometrajes tendrá como límite máximo el 20 por 100 de dicha cantidad total, el importe máximo de las ayudas será de 150.000 euros por película beneficiaria o conjunto de cortometrajes.
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eli/es/o/2009/10/19/cul2834#art-72

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