Art. [preambulo]

En vigor desde 21 abr 2019
El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, define una serie de órganos colegiados y de unidades que implementarán las políticas de racionalización y transformación de las TIC en el ámbito del sector público administrativo estatal. Así, su artículo 7 se refiere a las Comisiones Ministeriales de Administración Digital (CMAD), que se configuran como los órganos colegiados de ámbito ministerial responsables del impulso y de la coordinación interna en cada departamento en materia de Administración Digital. Con posterioridad a ello, mediante Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, se han reestructurado los departamentos ministeriales, y se ha creado el Ministerio de Cultura y Deporte, habiéndose suprimido el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. El Real Decreto 817/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte y se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, desarrolla las funciones atribuidas al Ministerio de Cultura y Deporte. Específicamente, en el artículo 2, dispone que corresponde a la División de Tecnologías de la Información, dependiente directamente del Subsecretario, el ejercicio de las funciones relativas a la definición y supervisión de la aplicación de la estrategia sobre tecnologías de la información y las comunicaciones del Ministerio y de sus diferentes organismos, de acuerdo con las directrices de Transformación Digital adoptadas por la Administración General del Estado, así como el desarrollo de los sistemas de información necesarios para el funcionamiento de los servicios, el impulso de la transformación digital y la innovación en el Departamento. Con anterioridad a la creación del Ministerio de Cultura y Deporte, mediante la Orden ECD/994/2017, de 10 de octubre, se creó la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se reguló su composición y funciones, que constituye el antecedente inmediato de la presente orden, si bien respecto al ámbito del entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Asimismo, se ha creado el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, atribuyéndose a la Secretaría General de Administración Digital, la función de supervisar, con el apoyo de las Comisiones Ministeriales de Administración Digital, la ejecución de las medidas específicas establecidas en los Planes de acción departamentales para la Transformación Digital, de conformidad con el Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. En atención a todo ello, y, en particular, a la creación del Ministerio de Cultura y Deporte, se hace necesaria la creación de la correspondiente Comisión Ministerial de Administración Digital del Departamento, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre. La aprobación de la norma proyectada está en consonancia con los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. Así, atiende a la necesidad de crear la Comisión Ministerial del Ministerio de Cultura y Deporte, de acuerdo con la nueva estructura organizativa de la Administración General del Estado, y da cumplimiento al mandato contenido en el Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre. Además, es eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, en lo que se refiere al Ministerio de Cultura y Deporte. Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa de su contenido. Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su tramitación se encuentra exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información públicas. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas. En consideración a cuanto ha quedado expuesto, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:
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eli/es/o/2019/04/12/cud458#preambulo-pr

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