Art. Disposición final única

En vigor desde 1 ene 2023
La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, y será de aplicación a la comprobación formal de cuentas anuales y planes de actuación que se presenten a partir de dicha fecha.
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eli/es/o/2022/11/28/cud1185#disposicion-final-unica

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