Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Decimoquinto

En vigor desde 14 may 2021
Se delegan en las personas titulares de las Direcciones Generales, dentro de su respectivo ámbito de competencias, las facultades relativas a la concesión de premios, becas, subvenciones y ayudas públicas hasta el límite de 500.000,00 euros, junto con la aprobación y compromiso del gasto y el reconocimiento de las obligaciones y propuesta de pago, así como cuantas otras actuaciones se deriven de la misma.
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eli/es/o/2021/04/28/auc462#decimoquinto

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