Art. Octavo

En vigor desde 1 sept 2005
Si el importe de adquisición, según factura, de cualquiera de los productos que figuran en los diferentes Anexos incluidos en la presente Orden, fuera inferior a las cuantías que en los mismos figuran, el importe de la prestación será igual a la cantidad realmente abonada por el titular.
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eli/es/o/2005/06/30/apu2245#octavo

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