Art. 3

En vigor desde 10 jun 2020
A los efectos de dar por cumplida la justificación de los límites máximos por tipo de gasto establecidos en el apartado cuarto del artículo 9 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, tales porcentajes se aplicarán sobre el gasto total concedido. No se sancionará mediante aplicación de límites mínimos, siempre que el beneficiario pueda justificar que los incumplimientos obedecen a causas de fuerza mayor.
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eli/es/o/2020/06/05/apa508#art-3

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