Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 27

En vigor desde 20 abr 2023
1. La cantidad de jamón y forma de presentación, así como el lugar y la fecha de remisión se indicarán en cada convocatoria. Para cada modalidad se remitirá una muestra de jamón a portes pagados. 2. Siempre que sea posible, las muestras deberán ir desprovistas de cualquier etiqueta con la marca comercial y/o sello de calidad, o marchamo que pueda identificarlas. Dichos elementos identificativos se adjuntarán en un sobre cerrado y sellado, junto con un acopia de la solicitud presentada. 3. Una parte de la muestra presentada se utilizará en la valoración sensorial y otra se reservará como muestra de seguridad. El destino de producto sobrante será acordado entre el Ministerio y el participante.
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eli/es/o/2023/04/08/apa379#art-27

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