Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 26
En vigor desde 20 abr 2023
1. Podrán participar en el premio los establecimientos autorizados para la elaboración de jamones que tenga su sede situada dentro del territorio nacional.
2. Los jamones presentados serán de elaboración propia del concursante, debiendo justificar una elaboración anual de una cantidad mínima en piezas o kilos que se fijará en las respectivas convocatorias del premio.
3. Los elaboradores podrán concursar en una o en las dos modalidades establecidas pero solamente podrán participar con una muestra por modalidad.
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Proeli/es/o/2023/04/08/apa379#art-26