Art. [firma]

En vigor desde 20 mar 2024
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Madrid, 13 de marzo de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2024/03/13/apa251#firma-fi

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil