Art. Disposición adicional única

En vigor desde 5 ene 2002
En todo lo no previsto en la presente Orden será de aplicación el Real Decreto 1441/1999, de 10 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.
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eli/es/o/2002/01/02/apa16#disposicion-adicional-unica

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