Art. Disposición adicional única

En vigor desde 3 mar 2026
El funcionamiento del Comité de Caza y de la comisión técnica asesora en materia de coordinación de la actividad cinegética no supondrá incremento de gasto público y se atenderá con los recursos disponibles de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios. La asistencia a las sesiones del órgano por parte de sus miembros o invitados en ningún caso dará lugar a la percepción de indemnizaciones por razón de servicio.
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eli/es/o/2026/02/24/apa150#disposicion-adicional-unica

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