Art. 13

En vigor desde 6 nov 2020
La Secretaría General de Pesca, a través de la Dirección General de Pesca Sostenible, mantendrá reuniones técnicas de seguimiento periódicas con las administraciones públicas o sectores específicos implicados en la reserva marina, con el fin de llevar a cabo el seguimiento de su funcionamiento y de mantener informados y favorecer la participación de los interesados en la gestión y el funcionamiento de la misma.
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eli/es/o/2020/10/27/apa1024#art-13

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