Art. Disposición final primera

En vigor desde 29 nov 2012
La Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria no conllevará incremento del gasto público y se atenderá con los recursos disponibles de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. La participación en la misma no dará lugar a la percepción de indemnizaciones por razón del servicio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2012/11/22/aaa2532#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil