Art. 2
En vigor desde 30 jun 2012
En lo no previsto en la presente orden, el funcionamiento del Registro se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es/o/2012/06/26/aaa1408#art-2