Título TITULO V
Art. Artículo cincuenta y tres
En vigor desde 9 ene 1999
(Suprimido)
Se suprime por el art. único.47 de la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero. Ref. BOE-A-1999-338
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1981/12/30/7#articulo-cincuenta-y-tres
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