Libro LIBRO I›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Artículo cincuenta y cinco
En vigor desde 1 may 1988
El Tribunal Supremo estará integrado por las siguientes Salas:
Primera: De lo Civil.
Segunda: De lo Penal.
Tercera: De lo Contencioso-Administrativo.
Cuarta: De lo Social.
Quinta: De lo Militar, que se regirá por su legislación específica y supletoriamente por la presente Ley y por el ordenamiento común a las demás Salas del Tribunal Supremo.
Se modifica por la disposición adicional 6 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio. Ref. BOE-A-1987-16791
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1985/07/01/6#articulo-cincuenta-y-cinco