Título TÍTULO III

Art. 61

En vigor desde 23 abr 2007
1. La Comunidad Autónoma de Aragón crea y organiza su Administración propia conforme a la ley. 2. La Administración aragonesa ostenta la condición de Administración ordinaria en el ejercicio de sus competencias.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/2007/04/20/5#art-61

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil