Capítulo CAPITULO V
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 14 feb 2018
Las Administraciones Públicas competentes proveerán los medios de apoyo necesarios en los Tribunales de Justicia para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a ser jurado.
Téngase en cuenta que esta disposición, añadida por el art. único.4 de la Ley Orgánica 1/2017, de 13 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-14689 , entra en vigor el 14 de febrero de 2018, según determina su disposición final 2.
Se añade por el art. único.4 de la Ley Orgánica 1/2017, de 13 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-14689
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1995/05/22/5#disposicion-adicional-tercera