Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Artículo doscientos catorce
En vigor desde 4 abr 1987
La circunscripción para la elección de los Diputados del Parlamento Europeo es el territorio nacional.
Se añade por el art. 2 de la Ley Orgánica 1/1987, de 2 de abril. Ref. BOE-A-1987-8193 .
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1985/06/19/5#articulo-doscientos-catorce