Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 6.ª Utilización de medios de comunicación para la campaña electoral.

Art. Artículo cincuenta y nueve

En vigor desde 1 abr 2015
Por Orden ministerial se fijarán tarifas especiales para los envíos postales de propaganda electoral a las que tendrán derecho a acogerse los partidos concurrentes con un máximo de un envío por elector en cada convocatoria electoral. Se modifica por la disposición final 4.1 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3441 .

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eli/es/lo/1985/06/19/5#articulo-cincuenta-y-nueve

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