Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. Artículo quince

En vigor desde 11 abr 2006
Con el fin de combatir la pobreza y facilitar la inserción social, la Generalitat garantiza el derecho de los ciudadanos valencianos en estado de necesidad a la solidaridad y a una renta de ciudadanía en los términos previstos en la Ley. Se modifica por el art. 18 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2006-6472 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/1982/07/01/5#articulo-quince

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil