Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Disposición general
Art. 93
En vigor desde 1 may 1988
Son órganos de la Fiscalía Jurídico Militar:
1. La Fiscalía Togada.
2. La Fiscalía del Tribunal Militar Central.
3. Las Fiscalías de los Tribunales Militares Territoriales.
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Proeli/es/lo/1987/07/15/4#art-93