Título TÍTULO XI

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 21 abr 2022
Quienes estén en posesión de un Certificado de profesionalidad regulado al amparo de lo establecido en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, tendrán acreditados los estándares de competencia profesional del nuevo Catálogo Nacional de Estándares de Competencias profesionales declarados equivalentes a las unidades de competencia incluidas en dicho certificado.
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eli/es/lo/2022/03/31/3#disposicion-adicional-sexta

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