Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 65

En vigor desde 24 mar 2007
Las normas sobre personal de las Fuerzas Armadas procurarán la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres, en especial en lo que se refiere al régimen de acceso, formación, ascensos, destinos y situaciones administrativas.
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eli/es/lo/2007/03/22/3#art-65

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